NOTICIAS 4 DE OCTUBRE DE 2011

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Boletín de prensa 4 de octubre de 2011

 

EL TIEMPO

 

INVESTIGACIÓN A CONGRESISTAS SEGUIRÍA EN MANOS DE LA CORTE

 

Reforma de la Justicia propone revivir la ley de pequeñas causas y elimina la Comisión de Acusación.

La investigación y el juzgamiento de los congresistas seguirá en manos de la Corte Suprema de Justicia, pero con nuevas salas para garantizar el derecho a la doble instancia. La cuestionada Comisión de Acusación de la Cámara desaparecerá y sus funciones las asumirá una Comisión Especial por fuera del Congreso.

Estos son algunos de los puntos contemplados en la ponencia de la reforma de la Justicia que será radicada este martes en la Comisión I de Senado, tras su discusión, el lunes, con el presidente Juan Manuel Santos.

La iniciativa de reforma constitucional también plantea regular la tutela contra sentencias, para que estas solo puedan ser resueltas por el superior jerárquico de cada jurisdicción.

La ponencia también elimina la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, pero conserva la Sala Disciplinaria.

De la misma manera, el texto propone regresar a la cooptación abierta (los magistrados se ponen de acuerdo para elegir a los nuevos miembros del tribunal) para escoger a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. Además, eleva las calidades para ser elegido magistrado, y les extiende el período de 8 a 12 años.

En aras de evitar "la politización" de las altas cortes, la ponencia señala que el Contralor y el Procurador serán elegidos de ternas que envíe el Presidente al Congreso.

 

Descongestión judicial

 

De acuerdo con el senador Juan Carlos Vélez, coordinador de ponentes, la columna vertebral de este proyecto "es el acceso a la justicia y la descongestión judicial".

Por eso, se vuelve al propósito original de la ley de pequeñas causas, "en el sentido de permitir a la víctima o a otras instituciones diferentes a la Fiscalía, en aquellas conductas punibles que representen menor lesividad, el ejercicio de la acción penal".

La reforma debe ser aprobada en ocho debates.

 

Estos son los cambios propuestos

 

Tutela

 

La tutela contra providencias sólo podrá presentarse ante el superior del juzgado o tribunal que la falle. En el caso de la Corte Suprema y el Consejo de Estado, sus salas plenas serán última instancia. La Judicatura no conocerá tutelas.

 

Aforados

 

Se acaba la Comisión de Acusación y se crea la Comisión Especial de Instrucción, integrada por 7 personas con calidad de magistrados de la Corte. Hará la investigación y presentará informe a la Cámara, que decide si acusa o no ante el Senado.

 

Judicatura

 

Desaparece la Sala Admi- nistrativa y da paso a la de Gobierno, integrada por los presidentes de las altas Cortes y un delegado de cada una de ellas experto en administración, economía o finanzas. Habrá un director administrativo de la justicia.

 

Doble instancia

 

Los congresistas tendrán una doble instancia para su juzgamiento en la Corte Suprema. Para ello se crearán dos salas: una de investigación y acusación y otra de juzgamiento. La segunda instancia será decidida por la Sala Penal de ese tribunal.

 

LOS 300 DRAMAS DETRÁS DEL INCUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL ABORTO

 

De los casos, la mitad no se hicieron y en el resto exigieron requisitos que no son legales.

Carolina* y su esposo llevan más de dos años prácticamente viviendo en la unidad de cuidados intensivos de un hospital público de Bogotá.

Desde el embarazo, al bebé le diagnosticaron problemas neurológicos y una malformación pulmonar que le impide respirar por sí solo, y por eso nunca ha podido correr por un parque.

El caso, que está en proceso de revisión en la Corte Constitucional, forma parte de una lista de 300 historias de mujeres que solicitaron abortos legales y tuvieron en riesgo su vida por la demora en los procedimientos o que -al menos la mitad- nunca recibieron el servicio.

La ONG Mesa para la Vida y la Salud de las Mujeres acaba de revelar un informe sobre el incumplimiento de la sentencia que despenalizó el aborto en casos de violación, malformaciones del feto o grave riesgo para la vida o la salud de la madre. (Experta analiza vacíos y aciertos del fallo que despenalizó parcialmente el aborto).

Casos como el de Carolina, que entuteló a su EPS para que le practicaran un aborto y que cuando ganó la demanda ya su bebé había nacido, se cuentan por decenas.

La ONG también les ha hecho seguimiento a los casos de 20 niños que nacieron producto de una violación y a otros 11, con malformaciones, y cuyas madres habían solicitado la interrupción del embarazo. Varios de ellos han terminado en demandas contra el Estado.

Mientras en el Congreso hace trámite un proyecto que busca prohibir el aborto en todas las circunstancias, la Corte Constitucional sigue denunciando que solo la Superintendencia de Salud ha cumplido parcialmente su fallo.

En los cinco años que lleva vigente la despenalización parcial del aborto, ocho hospitales y EPS han sido sancionados por no cumplir el fallo, pero los 300 casos del informe de la Mesa para la Vida y la Salud no llegaron a sanciones.

Hace poco la Súper expidió una circular en la que les advertía a todas las entidades que no pueden negarse a realizar los procedimientos cuando se cumple con el certificado médico, único requisito establecido por la Corte.

La mayoría de EPS no se conforma con el certificado médico que estableció la Corte como único requisito para realizar los abortos en los casos legalizados. Así, la familia de una mujer de 24 años que tenía discapacidad cognitiva no logró que la EPS interrumpiera el embarazo, que por los problemas de salud  de la madre claramente había sido producto de una violación.

Dos jueces rechazaron la acción de tutela hasta que la madre decidió acudir a un sitio clandestino. La tutela fue revisada y fallada a favor de la demandante por la Corte Constitucional, que señaló que "la Entidad Promotora de Salud dilató de manera injustificada la práctica del aborto"  al exigir requisitos adicionales al denuncio por la violación.

Cinco años después de la implementación de la sentencia que despenalizó parcialmente el aborto, sus formas de regulación siguen siendo incipientes.

Frente a los casi medio millón de abortos ilegales que se realizan al año en Colombia (según un estudio del Instituto Guttmacher), en el 2010 solo hubo 238 interrupciones legales registradas por el Ministerio de Protección Social.

Una de las razones que explica la escasa práctica de abortos legales tiene que ver con las pocas IPS que se han ajustado a la sentencia. Al respecto, el Instituto Guttmacher estableció que en Colombia el 89% de instituciones en capacidad de ofrecer servicios de IVE,  no los realizaron. Según esta encuesta algunas de las razones más comunes de las IPS para negar la atención son la falta de infraestructura (55%), la falta de personal capacitado (13%), la objeción de conciencia (14%), entre otras barreras.

 

Más casos

 

- Claudia acudió a su médico por un dolor en el abdomen. Tras los exámenes le diagnosticaron un embarazo de 8 semanas. Dos meses después, una ecografía ultrasónica determinó que el bebé tenía una malformación ósea. El feto tenía, según el diagnóstico, "signos severos de displasia ósea, que compromete principalmente las extremidades" y "osteogénesis imperfecta".

 

La Junta Médica recomendó la interrupción del embarazo, pero el ginecólogo de la EPS exigió una orden judicial, a pesar de que la paciente presentaba fuertes problemas de salud. Finalmente, dos meses después, se tuvo que realizar una cesárea de emergencia.

 

- Adiela, madre de cinco hijos, tenía displasia cervical severa cuando supo que estaba embarazada. Esto llevó a sus médicos a suspender la cirugía que necesitaba con urgencia. Aunque ella y su esposa insistieron en el tratamiento, la EPS y un juez se lo negaron porque este era incompatible con el embarazo. Sin embargo, el bebé murió semanas después y le tuvieron que realizar un procedimiento de urgencia (curetaje) para extraer los restos fetales.

La Corte Constitucional concedió, años después, la tutela, y reprochó a los médicos porque se arrogaron el derecho a decidir sobre el embarazo por encima de la vida de la paciente.

 

'A LA SENTENCIA C-355 LE FALTA HACERSE REAL'

 

Ana Cristina González

La experta en el fallo que despenalizó parcialmente el aborto habló con ELTIEMPO.COM.

Ana Cristina González Vélez, autora del libro ‘La Aplicación Práctica de la Causal Salud: Un análisis de casos desde el marco de los derechos humanos’, habló sobre la aplicación de la sentencia C-355 que despenalizó parcialmente el aborto y sobre su nuevo libro, que expone 9 casos de mujeres a quienes se les negó la interrupción del embarazo a pesar de presentar una o varias de las tres causales permitidas por la ley.

 

¿Cuáles son los logros de la Sentencia C-355?

 

Me gustaría ver el vaso medio lleno, pero no soy capaz. Creo que aunque la sentencia si fue un logro, a los marcos que se desarrollaron a partir de la sentencia les falta mucha difusión.

También falta vigilancia y control por parte de las autoridades sanitarias para que las instituciones que tienen que prestar sus servicios los presten, porque no solamente se han presentado los nueve casos del libro, por ejemplo La Mesa para la Vida y la Salud de las Mujeres sigue todos los días casos de mujeres a las que les niegan los servicios.

 

Su libro deja en evidencia una serie de problemas en el cumplimiento de la causal salud para realizar un aborto.  ¿Por qué tantas trabas?

Hay funcionarios que desconocen que la salud es un estado de bienestar completo y que creen que solo tiene que ver con la dimensión física y se olvidan que el bienestar mental y social también hace parte de esta causal. Quisimos crear este libro porque a los profesionales les faltan herramientas para interpretar qué significa ese estado de bienestar completo.

 

¿Qué pasa con las instituciones que cinco años después de la sentencia alegan que no cuentan con las condiciones para practicar un aborto?

Las instituciones se tienen que habilitar para los servicios que dicen ofrecer. La salud sexual y reproductiva es un servicio de atención primaria que debería estar garantizado en cualquier institución de nivel básico en el país.

 

¿Cómo afecta al cumplimiento de la sentencia, la suspensión del decreto 4444 del Ministerio de Protección social que regulaba su procedimiento del aborto?

Aunque el decreto 4444 fue suspendido por una demanda de tipo administrativo ante el Consejo de Estado, es la sentencia de la Corte Constitucional la que da el marco normativo y las directrices para prestar los servicios.

 

¿Cómo evalúa el proyecto conservador que busca reformar  este decreto que despenalizó parcialmente el aborto?

No siento menos que indignación por las mujeres que ponen en riesgo su vida y su salud. En este proyecto, el sujeto mujer no existe y se pretende retroceder ese avance de la sentencia, que aunque está más en el papel que en la vida práctica, abrió en el 2006 la posibilidad de que las mujeres puedan acceder a un aborto legal, seguro y oportuno bajo tres circunstancias.

 

EL ESPECTADOR

 

ANTE LA CORTE CONSTITUCIONAL Y LOS TRIBUNALES

PROCURADOR ENTUTELADO

 

Interpusieron en su contra cuatro acciones bajo señalamientos de proselitismo religioso y desinformación sobre derechos sexuales y reproductivos.

 En lo que va del año el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, ha recibido cuatro tutelas. Las tres primeras fueron en defensa del Estado laico y lo acusan de hacer proselitismo religioso o de beneficiar un culto por encima de otros. Las tutelas se fundan en una serie de misas conmemorativas que ha realizado la Procuraduría en actos oficiales, en el oratorio que funciona en las instalaciones de la Procuraduría, que es un edificio público, y en la impresión y circulación de calendarios con contenido religioso y el nombre de la entidad. La última tutela fue interpuesta por un grupo de mujeres de varias regiones del país la semana pasada y le reclama al Procurador dar información verídica sobre los derechos sexuales y reproductivos, citando varias ocasiones en que las declaraciones oficiales de Ordóñez contradicen de manera flagrante mandatos constitucionales y acuerdos científicos.

 

¿Cuáles son los argumentos de estas tutelas? ¿Son procedentes? ¿Quiénes son las personas que entutelan al procurador? ¿Se trata de un asunto personal o de un desacato sistemático por parte de Ordóñez? Ernesto Convers, Germán Rincón Perfetti, Daniel Sastoque y Mónica Roa (vocera de la cuarta tutela) hablan de sus demandas y de las respuestas que han recibido por parte del Tribunal Superior y la Corte Constitucional.

 

Ernesto Convers

 

El 24 de mayo de 2011 Ernesto Convers, un abogado bogotano, interpuso una tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá para que el procurador se abstuviera de invertir recursos públicos en actividades que favorecieran una creencia religiosa específica (el catolicismo). En su tutela, Convers dice que en la Procuraduría se repartieron calendarios con el nombre del órgano estatal y el de “Semillas de Esperanza” y citas bíblicas del Nuevo Testamento. Convers también alega que la celebración de los 180 años de la Procuraduría fue un oficio religioso católico y que además se realizaron varios Te Deum, a los que asistió el presidente de la República, y finalmente, que en el cuarto piso de la Torre A de la Procuraduría hay un oratorio decorado con imágenes del culto católico, del que presentó un video.

“Colombia es un Estado de derecho, constitucionalmente es un Estado laico y la laicidad busca garantizar la igualdad, la democracia, la participación, la pluralidad. Me parece monstruoso que un presidente de la República asista a un Te Deum de un 20 de julio e invite a los altos representantes de la Iglesia a hacer parte de la apertura de un Congreso. Eso no se había vuelto a ver desde 1991. Estamos echando para atrás, me parece injusto que la igualdad religiosa no se respete”, dice Convers.

La Procuraduría contestó que los calendarios habían sido impresos por un grupo de funcionarios que reunieron dinero y no por la oficina pública. La tutela fue fallada en contra, alegando que si bien Colombia es un Estado laico, estas manifestaciones religiosas se inscriben dentro de lo cultural y por eso no son una amenaza contra el derecho de la pluralidad.

Convers no está de acuerdo con el fallo. “¿Por qué vienen a decir que son aportes individuales de los funcionarios como personas? Me muero de la pena, pero yo como particular no puedo llegar a meterle una enramadita a la Casa de Nariño o al Congreso de la República. ¿Por qué está funcionando un oratorio en la Procuraduría? Sugirámosle al señor procurador que arme una discoteca, para que los funcionarios también tengan el derecho a bailar. Esas no son acciones de la gestión publica, ni rezar ni bailar; la gestión publica debe cumplir la Constitución y las leyes”.

 

Germán Rincón Perfetti

 

El abogado Germán Rincón Perfetti es conocido porque ha interpuesto cerca de 1.400 tutelas y dice haber ganado el 98% de ellas. Muchas de éstas han tenido que ver con derechos humanos, con derechos de la población LGBTI y también con el Estado laico. En esta ocasión interpuso una tutela contra el procurador por los mismos hechos que Convers, y dos más: que el 31 de mayo de 2010 se inauguraron las nuevas instalaciones del Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP) y durante el evento se contó con la presencia de Juan Vicente Córdoba Villota, monseñor y secretario general de la Conferencia Episcopal de Colombia; y que el 16 de diciembre de 2010 se inauguró la sede de la Procuraduría Delegada del Ministerio Público en Asuntos Penales, con un sacerdote católico que realizó una bendición a las instalaciones.

“Culturalmente no estamos en un Estado laico”, dice Rincón Perfetti y agrega: “Socialmente la gente considera legítimo todo lo que se hace desde lo público orientado a una religión. Por ejemplo, en los aeropuertos hay capillas, en el Congreso hay una capilla y está dedicada a un culto que tiene que ver con el libro de los cristianos, pero con una secta de los cristianos que es la católica. Por ejemplo, también hay un cristo en la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia; esto no se puede, porque no respeta la igualdad de las religiones, favorece a un culto específico”.

Una de las mayores molestias de Rincón Perfetti es que todas estas acciones se hagan con el dinero de sus impuestos, dice que el procurador hace proselitismo religioso y que sólo toma en cuenta sus interpretaciones de la Biblia católica. “No todas las religiones cristianas interpretan la Biblia de la forma en que la interpreta el procurador, hay iglesias cristianas que aceptan el matrimonio igualitario y la interrupción voluntaria del embarazo”.

Uno de los mayores obstáculos para el Estado laico es que es difícil trazar la línea entre religión y cultura, por ejemplo, es sencillo argumentar que un cristo es ornamental y no simbólico. “El arte religioso se puede tener sin tener creencias”, dice Rincón Perfetti. “Las manifestaciones de la semana que los católicos llaman Santa son legítimas, pero nadie está obligado a rezar esa semana”. Una de las razones por las que la Corte Constitucional ha mantenido los festivos de origen religioso es que cada quien puede usar ese tiempo a su antojo, y nadie está obligado a un culto, aun cuando la mayoría se involucre en él. Sin embargo, añade Rincón Perfetti, “no se puede decir que como esta es la religión mayoritaria, eso legitima las acciones que se hacen frente a temas religiosos y el Estado. La democracia no se mide por el poder de las mayorías, sino por el reconocimiento y respeto de las minorías”. Muchas veces estos comportamientos se escudan en que han sido desde hace tanto tiempo que nos parecen el deber ser de las cosas. “Hay una naturalización de la violencia contra la mujer, ¿entonces hay que permitirlo? El hecho de que en Colombia esté naturalizado lo religioso no quiere decir que se deba permitir que se viole la Constitución”, concluye el abogado.

Dice Rincón Perfetti que no se trata sólo del Procurador, esto sucede en muchas entidades públicas, y un fallo en contra de Ordóñez serviría como medida pedagógica desde lo simbólico, algo que tendría un efecto de onda respecto al comportamiento de todos los funcionarios públicos. Sin embargo, esta tutela también fue fallada en contra y la razón del Tribunal fue que el abogado no es funcionario de la Procuraduría, por lo tanto estas acciones no lo afectan directamente.

 

Daniel Sastoque

 

Daniel Sastoque es un funcionario de la Procuraduría que ha interpuesto dos tutelas contra el procurador, la última por la vulneración de sus derechos a la libertad religiosa, de cultos y de conciencia, así como al libre desarrollo de la personalidad y al trabajo.

Sastoque también se queja de las imágenes religiosas que llenan la Procuraduría:

“Hay dos espacios emblemáticos en la Procuraduría, que son el Auditorio Antonio Nariño, que es una sala para hacer presentaciones y al ingresar lo primero que se encuentra es un cristo católico. Si yo entro a la sala de audiencias disciplinaria, que es el otro espacio relevante, al lado del puesto donde las personas se paran a rendir testimonio está otro crucifijo, eso es hacerlo participante pasivo a uno de un culto”.

Sastoque dice que desde que presentó esta demanda ha sido objeto de hostigamientos, muchos de ellos de contenido homofóbico. Ha recibido anónimos pidiéndole que “se cure” y dice ser objeto de malos tratos en la oficina que ocupa actualmente (la Procuraduría General de Cundinamarca). Allí ha recibido cartas anónimas en las que sus compañeros le dicen que si bien algunos funcionarios han sido nombrados por favores políticos, la mayoría están ahí por concurso y por eso le reclaman que “mientras usted disfruta protestando en su cubículo de trabajo, sus compañeras y compañeros reciben el mayor castigo en su vida. ¿Qué culpa tienen ellas y ellos de su vida? ¿No le da pena actuar de esa manera? Proteste en la calle, proteste fuera de la oficina de trabajo”.

Sastoque, por su parte, dice que hay un grupo de funcionarios que pertenecen a Los Caballeros de la Virgen. Dice que uno de ellos, Mauricio Contreras, que a su vez tiene imágenes religiosas y una foto con el procurador en su cubículo, ha vandalizado su puesto de trabajo. “Yo había puesto en mi escritorio calcomanías de ‘Monseñor Procurador se equivocó de profesión’, arrancaron los stickers, violentaron la grabadora que yo tenía, y no ha pasado nada. Esta persona tuvo el descaro de colocar la bandera de la diversidad con el signo de prohibido en plena oficina, sin que pasara absolutamente nada”. Sastoque también dice que su puesto ha sido inspeccionado varias veces sin su presencia.

La tutela referida al Estado laico fue rechazada por el Tribunal con el mismo argumento de todas las tutelas: que estos actos no son manifestaciones religiosas sino culturales. Sastoque también interpuso una tutela por “violación de muchos derechos, entre ellos la libre expresión, la discriminación y los tratos crueles y degradantes”. El funcionario dice que no ejerce en este momento el puesto para el que entró por concurso, orientado al trabajo en defensa de los derechos humanos, particularmente la población LGBTI. Hoy se encuentra ejerciendo funciones de derecho disciplinario. “Yo he argumentado que como defensor de derechos humanos me niego a atender derechos disciplinarios, porque considero que el derecho disciplinario al ser un derecho sancionatorio, esa persona que lo ejerce debe estar capacitada para hacerlo. ¿A ti te gustaría que yo te investigara en un caso delicado sin yo tener formación en eso?”.

 

Mónica, Katherine, Ariadna, Ana, Marta, Liliana, Camila…

 

La semana pasada se interpuso otra tutela contra el procurador Alejandro Ordóñez. En ésta, alrededor de 1.100 mujeres de varias regiones del país reclaman que el procurador se retracte por las mentiras que ha dicho públicamente y desde su cargo de funcionario público sobre los derechos sexuales y reproductivos.

Mónica Roa, una de las voceras, explica que la tutela tiene dos partes: “El derecho principal que pedimos que se tutele es el derecho a la información, y luego elaboramos por qué, al violar ese derecho otros derechos fundamentales se ponen en riesgo. La información veraz confiable es un bien en sí mismo que se entiende como derecho fundamental y la información confiable es presupuesto de otros derechos. Por ejemplo, el derecho al libre desarrollo de la personalidad no puede ejercerse si tú no tienes información correcta para tomar tus decisiones y hacer tu plan de vida. Los derechos sexuales y reproductivos necesitan que uno tenga información para decidir cómo vivir su vida, cómo hacer uso de los servicios de salud y cómo ejecutar esas decisiones de manera autónoma”.

La tutela documenta una serie de declaraciones falsas que ha hecho Ordóñez. Por ejemplo, que el postinor, la pastilla del día después, es un abortivo, cuando ha sido declarada por la OMS como un anticonceptivo. “Las opiniones del procurador tienen que ser explícitamente opiniones y la información que está contenida en sus actuaciones oficiales, o bien en comunicados de prensa, o bien en circulares que les envía a todos los funcionarios del Ministerio Público, debe ser verídica. Toda la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos habla de un límite a la libertad de expresión de los funcionarios públicos y de una exigencia de información cierta para garantizar la transparencia de la función estatal”.

Además, la Constitución de 1991 consagra el derecho a la información como parte de la libertad de expresión en el artículo 20: “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial y la de fundar medios masivos de comunicación”.

Roa dice que el procurador ya ha recibido varias quejas disciplinarias, entre ellas una presentada por Womens Link hace más de año y medio, en las que se reclama que el procurador ejerza su trabajo de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos. Sin embargo, estas quejas disciplinarias no han tenido respuesta. “Cuando un funcionario público miente, por ser funcionario, esto se circula a través de los medios y crece la desinformación”. Esta desinformación es mayor en las regiones del país donde es más evidente la falta de implementación de nuevos derechos como la interrupción voluntaria del embarazo.

La tutela cita la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (El derecho de acceso a la información en el marco jurídico interamericano, 2010, párr. 67) para decir que “cuando el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas depende de que puedan conocer una información pública relevante, el Estado debe suministrarla de forma oportuna, accesible y completa (...) el derecho de acceso a la información es un instrumento clave para el ejercicio de otros derechos humanos (...)”. Los efectos de la desinformación son evidentes si se tiene en cuenta que según el informe Guttmacher Institute, presentado hace unas semanas sobre embarazo no deseado y aborto inducido en Colombia, se estima que en Colombia cada año ocurren 400.412 abortos inducidos (estimación promedio para 2008). Visto de otra forma, cada año una de cada 26 colombianas en edad reproductiva tiene un aborto.

El informe también señala que en Colombia se presentan anualmente 911.897 embarazos no planeados, lo que significa 89 embarazos no deseados por cada mil mujeres de 15 a 44 años. Esta tasa es un 25% más alta que el promedio para toda América Latina y el Caribe. Cerca del 44% de estos embarazos termina en aborto inducido. Mientras tanto, casi dos terceras partes de las IPS que podrían prestar atención postaborto no lo hacen. De las 1.100 IPS en Colombia que potencialmente podrían prestar servicios postaborto, seis de cada 10 no lo hicieron en 2008.

Lo que las mujeres que han interpuesto esta tutela esperan es que el procurador se retracte públicamente, pues una cosa son sus creencias personales y otra, divulgar información falsa y altamente peligrosa para la salud y la vida de las mujeres en edad reproductiva en Colombia.

 

REVISTA PORTAFOLIO

 

ANIF PIDE SUBIR 5 AÑOS LA EDAD PARA PENSIONARSE EN COLOMBIA

 

Mujeres se pensionarían a los 62 y hombres a los 65 años. La entidad también propone marchitar el régimen de prima media.

Aumentar cinco años la edad de jubilación para mujeres y hombres, marchitar el Seguro Social y en general el régimen de prima media (prohibición de nuevos afiliados), y reducir las mesadas de futuros pensionados, son las tres propuestas de Anif para una reforma al sistema general de pensiones.

La iniciativa de Sergio Clavijo, presidente del gremio financiero, es más radical que la que el Gobierno incluyó hace ocho meses en el plan de desarrollo -subir la edad- y que la retiró por el rechazo de diferentes sectores de la opinión pública.

Clavijo aprovecha y vuelve a formular su propuesta, que incluye reformas laboral y tributaria- para criticar al Gobierno porque “no parece darse por aludido” con los campanazos que están sonando desde Europa, en cuya crisis fiscal tienen mucho que ver los generosos regímenes pensionales.

 

GRECIA, UNO DE LOS PRIMEROS EN 'PENSAR' EN LOS PENSIONADOS

 

En países como Grecia, que se encuentran en crisis económica, los recortes han ascendido al aumento de la edad para jubilación y la reducción de ciertas primas que afectan a los cotizantes que llevan varios años ahorrando para su retiro.

En otros países de Europa también suenan medidas, que no pocos analistas consideran drásticas, para aumentar los filtros para pensionarse. La carga que representa el pago de pensiones a los ciudadanos preocupa a los fondos, que en algunos casos se han visto afectados por la volatilidad de los mercados.

 

TESTIGO CLAVE DECLARARÁ EN PROCESO POR LOS DESAPARECIDOS DEL PALACIO DE JUSTICIA

 

Édgar Villamizar fue citado por la defensa del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano para que explique la presunta participación de militares en las desapariciones.

Para el próximo seis de octubre fue citado en calidad de testigo el cabo (r) del Ejército, Édgar Villamizar Espinel para que declare el proceso que se adelanta contra el excomandante del B2 coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano y otros tres militares en el proceso que se adelanta por su presunta responsabilidad en los desaparecidos del Palacio de Justicia.

Villamizar Espinel, es considerado uno de los principales testigo en la investigación por la presunta participación de militares en las torturas ejercidas a un grupo de trabajadores de cafetería del Palacio, así como a otras tres personas, durante la operación de retoma ocurrida el seis y siete de noviembre de 1985.

En reiteradas oportunidades la defensa de otros militares, e incluso la misma Procuraduria, han señalado que el testigo Villamizar Espinel fue "suplantado" con el fin de involucrar a los altos mandos que participaron en la operación de retoma con la desaparición de 11 personas. 

El coronel Sánchez Rubiano, quien desde el primer momento de la toma guerrillera por parte del M-19 montó su puesto de operaciones en la Casa del Florero, era el encargado de reseñar a los rehenes que salieron del Palacio de Justicia.

Sin embargo, según la Fiscalía el comandante del B2 del Ejército "marcó" a los rehenes y fue el encargado de realizar duros interrogatorios en contra de los que sospechaba eran guerrilleros. 

 

CAZANDO BRUJAS

Por: Cristina de la Torre

 

Heraldo del neo-oscurantismo, el jefe del Partido Conservador —José Darío Salazar— vierte el odio de la derecha camandulera contra la mujer, al último envión de la iniciativa legislativa que criminaliza el aborto en todos los casos: aún cuando peligra la vida de la madre; cuando el feto es producto de incesto o violación; cuando, deformado desde el vientre materno, le espera al niño una vida desgraciada.

En la otra orilla, Mónica Roa, exaltada por Semana entre los líderes de Colombia, le pide sensatez al Congreso frente a esta conspiración que, por lo visto, se cuece entre nostálgicos de la Inquisición y su cacería de brujas. En carta abierta desde Internet (www.estadolaico.info/carta-abierta-en-rechazo-a-la.html) señala Roa que el proyecto niega el derecho a la vida y a la dignidad de las personas, y desconoce los avances de la ciencia. La penalización del aborto —escribe— “no salva fetos, pero sí mata mujeres” que, sin protección legal, han de abortar mediante procedimientos que desafían su propia vida. La mayoría de los 400.412 abortos que se practican en Colombia cada año son ilegales, según el Instituto Guttmacher; 132 mil de ellos presentan alto riesgo para la madre. En cinco años, el Ministerio de Protección registra apenas 966 abortos legales. Y es que muchos centros médicos se brincan la ley y le niegan el procedimiento a la paciente que por contera es, casi siempre, pobre. Para la promotora de la norma que despenalizó el aborto en los casos señalados, aquí, más que un dilema moral, se dirime un asunto de justicia social.

Roa aboga por reducir así el número de abortos como el de embarazos no deseados, que en Colombia ascendieron en 2008 a 911.897. Para lo cual se requiere educación sexual, acceso universal a los anticonceptivos y eliminar la violencia contra la mujer. El verdadero bienestar de los no nacidos comienza por garantizar atención prenatal gratuita y nutrición adecuada para todas las mujeres que decidan tener hijos. En cambio, reducirlas a prisión porque en su desesperación aborten, es negarles su condición humana, es tratarlas como “máquinas reproductoras de la especie humana”. La autora invita a sumar fuerzas para frenar la inclusión en el Congreso de “una agenda moral que se presenta en abierta oposición a la realidad y a los principios laicos de nuestra Constitución”.

En cuatro días, miles de firmantes habían ya suscrito y comentado la misiva. Para Alberto Alonso, verbigracia, por ser Colombia un Estado laico, “cualquier afirmación religiosa no es argumento jurídico”. Diego Vargas estima imposible legislar contra los derechos humanos: imposible alienarles a los homosexuales su derecho a tener familia, o a las mujeres el suyo de abortar, o a cualquiera negarle la libertad de escoger el momento de su muerte. La doctora Gloria Lucía Erazo, citóloga, lamenta las graves consecuencias que afrontan las mujeres, por carecer de una legislación que las proteja como seres dignos de respeto, con derecho a “concebir los hijos que desde su conciencia pueden y desean traer a la vida. (Tenemos que) convertir a Colombia en un país de seres humanos deseados”. Quiera Dios que nuestro jefe conservador convenza a su familia de devolverle a Estupefacientes la casona que —si damos fe a comentarios de prensa— recibió por el atajo y destinó a citas non-sanctas, de donde vendrían nuevas camadas de niños indeseados. A ver si se sacude el conservatismo el aura de hipocresía que lo infecta. Y el terror bíblico que despliega contra la mujer.

Adenda. Por contraste con tanto incompetente que aspira a corporaciones públicas, reconfortan candidaturas de académicos que dominan los problemas del país y han transitado por los asuntos públicos. Es el caso de Roberto Hinestrosa, cabeza de lista al Concejo de Bogotá por Cambio Radical. Estupendo elemento de renovación y rectitud.

 

NIÑOS INDÍGENAS ¿VÍCTIMAS DE LAS TRADICIONES DE SUS COMUNIDADES?

Por: Paloma Valencia Laserna

 

“Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás” dice la Constitución, pero al parecer el artículo no incluye a los niños indígenas.

Toño, el indígena que violó a sus tres hijas y sus dos cuñadas, fue condenado a 5 años de trabajos comunitarios por la justicia indígena. Esa fue su sentencia de segunda instancia así que para él el asunto está cerrado, y la protección de la cosa juzgada impide que la justicia ordinaria pueda procesarlo.

Es una historia triste especialmente para la madre de las menores y las mujeres del resguardo “La Merced” que denunciaron la injusticia y han pedido ayuda a la nación. Su grito de socorro pasó inadvertido; para muchos sigue siendo más importante la jurisdicción especial indígena que los derechos de esas mujeres indígenas y sus hijos. ¿Acaso una sociedad y su cultura deben permanecer inmóviles en el tiempo?

Es una tensión entre lo que ha venido siendo, una autoridad tradicional de hombres machistas, donde la violencia física y sexual contra los niños y las mujeres parece un delito poco grave; y el movimiento de unas mujeres que orgullosas de ser indígenas señalan aspectos de su cultura que son inaceptables para ellas; y que además coinciden con los derechos que la Constitución les otorga como colombianas.

Hay un cierto romanticismo que pretende que todo se quede como ha sido; aquella tendencia alcanza extremos desbordados cuando se refiere a culturas indígenas, primigenias o ancestrales. Pero, no podemos pretender que las culturas no se transformen. Las tradiciones tienen un valor, pero los movimientos sociales son más importantes; las sociedades cambian desde adentro y desde afuera, y es ingenuo y perjudicial pretender detenerlas en el tiempo. El cambio, la transformación, el movimiento son propios de las culturas vivas. Este es un caso trascendental  porque no representa la imposición de la cultura externa sobre los principios de la comunidad indígena; se trata de un rompimiento interno: son mujeres integrantes de esa sociedad quienes solicitan la intervención de la justicia ordinaria.

La jurisdicción ordinaria debería cumplir una función similar a la que cumple la extradición en la nuestra. Afuera existe una justicia mas férrea y dura, que sirve como parámetro y al mismo tiempo como amenaza. Le da a la justicia interna la idea de que existen ojos que la miran y la juzgan a ella misma; y le da al reo la impresión de que su delito no quedará impune por fallas de la jurisdicción, y que si la gravedad de su crimen no es sancionada, hay otro sistema que lo procesara rigurosamente.

Las indígenas podrían recurrir a la justicia internacional que necesariamente tendría que hacer algo, pues es evidente que un trabajo comunitario jamás será sanción para un crimen tan atroz. No sólo lo digo yo, lo dice la madre y la comunidad femenina de ese resguardo. Lo cierto es que la sociedad colombiana no debería permitir que esto pase y quede impune, y que los afectados tengan que buscar justicia trasnacional para resolver asuntos claros como este. Los derechos de los niños tienen especial protección por parte de la Constitución; esta les otorgó una superioridad jerárquica sobre todos los demás derechos, también sobre el de al autonomía de la jurisdicción indígena.

La jurisdicción especial indígena no puede estar sobre la Constitución; no puede mantener unas tradiciones que la vulneran; más cuando sus mujeres exigen el cambio. No se trata de eliminar la autoridad indígena, sino de un cambio de las reglas que aplica. Ninguna justicia puede promover la impunidad, menos cuando se trata de los derechos de los niños.

“La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño… cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores”. No sólo Toño, sino la autoridad del cabildo están vulnerando los derechos de los menores indígenas. En nombre de la sociedad y como ciudadana cualquiera, me uno al clamor de esas madres indígenas para exigir que los niños y niñas indígenas tengan los mismos derechos que los otros niños colombianos. No es aceptable nada distinto.

 

EL NUEVO SIGLO

 

PREPARAN FÉRREA OPOSICIÓN A MÁS CURULES PARA LOS COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR

 

Aunque todavía no aparece incluido en la plenaria de la Cámara, el proyecto de reforma constitucional que les otorga más curules a los colombianos en el exterior desde ya enfrenta una férrea oposición. Falta ver cuántos votos consigue.

Aclarando que “estoy presentando mi opinión” y “no estoy comprometiendo a nadie”, el representante Telésforo Pedraza, del Partido Conservador, desde ya tiene claro que se opondrá a esa reforma.

“Nosotros lo que necesitamos en cambio es fortalecer el servicio exterior”, le manifestó a este Diario el legislador bogotano.

“Tenemos consulados muy mal dotados”, lo cual considera una paradoja, pues “las misiones diplomáticas son las que tienen la verdadera vocería” de los colombianos en el exterior.

Para Pedraza, “en lugar de gastarnos plata en estas cosas, lo que deberían tener las misiones diplomáticas es más asesorías jurídicas y de otro tipo a nuestros compatriotas”.

Pedraza indicó su preocupación por considerar desafortunada la propuesta y dijo que se opondrá tal y como lo hizo en su momento cuando el ex presidente Álvaro Uribe presentó el referendo en el que proponía aumentar el número de congresistas para los colombianos que viven fuera del país.

“No se puede permitir tal despropósito. Está comprobado que es muy poco lo que logran hacer en favor de los colombianos las personas que ocupan esta curul”, expresó.

La propuesta está contenida en un proyecto de acto legislativo que con ponencia del representante Jaime Buenahora, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), fue aprobado el 21 de septiembre en primer debate por la Comisión Primera de la Cámara.

Es el Acto Legislativo 062 de 2011 Cámara, “por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Política, para fortalecer la representación en el Congreso de la República de los colombianos residentes en el exterior”.

En el proyecto figuran como autores los senadores Juan Manuel Corzo, Hernán Andrade y Eduardo Enríquez, del Partido Conservador; Jorge Londoño, del Partido Verde; Juan Lozano, Juan Carlos Uribe y Roy Barreras, de La U; así como los representantes Simón Gaviria, Adriana Franco, María Victoria Vargas y Orlando Velandia, del Partido Liberal; Oscar Fernando Bravo, del Partido Conservador; Germán Varón, de Cambio Radical, entre otros congresistas.

La iniciativa contempla que los ciudadanos colombianos que se encuentren o residan en el exterior podrán elegir dos Representantes a la Cámara en circunscripción internacional, y sólo se contabilizarán los votos depositados fuera del territorio nacional.

“Se trata de elevar el número de parlamentarios que representen a esa población de connacionales que, no obstante su gran significado demográfico, como quiera que son más de cuatro millones, y su inmenso aporte a la economía nacional a través de las remesas, tiene en la actualidad escasas posibilidades de vincularse a lo procesos democráticos del país”, señaló Buenahora.

Podría pensarse que esta iniciativa puede articularse con la reglamentación de una ley aprobada en junio, al cierre de la pasada legislatura. Se trata del proyecto 16 de 2009 Senado, 177 de 2010 Cámara, “por el cual se crea el Sistema Nacional de Migraciones y se expiden normas para la protección de los colombianos en el exterior”.

La norma origina el mencionado Sistema con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la migración y la inmigración. El Ministerio de Relaciones Exteriores será el encargado de la formulación y ejecución de la Política Migratoria y de acompañar al Gobierno Nacional en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones.

 

En otras palabras, el Sistema buscará fomentar una migración ordenada.

 

La iniciativa fue presentada por el ex senador Darío Angarita, de La U, y se acumuló con una similar suscrita por una amplia cantidad de congresistas, el proyecto de Ley 70 de 2009 Cámara, “por la cual se crea el Sistema Nacional de Migraciones y se dictan otras disposiciones”.

Para los voceros de las organizaciones de colombianos en el exterior se trata de una ley histórica para los 4,5 millones de nacionales repartidos por todo el mundo que, dicen, soportan la indiferencia institucional en uno de los Estados con mayor índice de migración en la región andina y la más antigua de todas.

 

La ley, que pasó a revisión de la Corte Constitucional, abre la posibilidad de crear un Viceministerio de Migraciones y Desarrollo y una Mesa Nacional de la Sociedad Civil donde tendrán asiento las ONG, la academia, el sector privado y las organizaciones de colombianos en el exterior. Al menos en teoría, esto permitirá una mejor comunicación para construir soluciones reales a los problemas y desafíos de los colombianos en los países de acogida.

Pero para muchos colombianos en el exterior, el punto más revolucionario es el que abre la puerta a que puedan elegir y ser elegidos como alcaldes y gobernadores de sus lugares de origen.

Hasta ahora, el voto en el extranjero sólo es válido para escoger Presidente y Representante a la Cámara por la circunscripción internacional. “Es un logro importantísimo porque puede romper la politiquería regional y nacional”, señaló Álvaro Ruge, presidente de Aesco Colombia.

“Los migrantes han visto mejores niveles de democracia, lo que contribuiría a modernizar nuestras costumbres democráticas y electorales”, agrega Ruge, para quien esta es una oportunidad histórica para que los residentes en el exterior abandonen el escepticismo frente al país y se impliquen con su desarrollo.

 

NOTICIERO CMI

 

UNA HISTÓRICA CUMBRE DE ALTA JUSTICIA CONSTITUCIONAL, EN BOGOTÁ

 

Los ojos del mundo de la jurisprudencia, sobre Colombia

A partir del próximo lunes, se llevará a cabo en Bogotá el más grande Encuentro de la Jurisdicción Constitucional de que se tenga memoria.

Vienen los más destacados teóricos de derecho constitucional del mundo entero. Entre los expositores se encuentran juristas de la talla de Robert Alexy, filósofo alemán del derecho, autor de la doctrina de la ponderación de los derechos.

Viene John Elster, científico social noruego, autor de Ulises desatado: estudio sobre racionalidad, precompromiso y restricciones, una formidable obra sobre el control constitucional.

Viene Paolo Comanducci, decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Génova, en Italia, y autor de muchas obras sobre interpretación constitucional.

Vienen profesores de Derecho de la Universidad de Harvard, magistrados de tribunales constitucionales de Francia, México, Sudáfrica y España. Juan Carlos Henao, presidente de la Corte Constitucional y motor de semejante cumbre jurídica, calificó con una sola palabra el evento: «histórico».

Para asistir al certamen ya se rompió el primer récord. Se inscribieron y participarán más de veintitrés mil personas, cifra que no había alcanzado jamás evento académico alguno en el país.

Los encuentros serán transmitidos por circuitos cerrados de televisión, redes universitarias e internet, a 35 ciudades del país.